Sólo 5 personas me separan de vos.
(encontrar a Bin Laden no puede ser tan difícil... ineficientes)


lunes, 19 de abril de 2010



¿Qué se puede hacer hoy con las pilas?
El Gobierno de la Ciudad dice:




AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO




Ahora podés traer tus pilas usadas a los CGPC




El trabajo de seis meses de organización para concientizar sobre la correcta eliminación de baterías y pilas agotadas, y su coincidencia con la campaña “Jugá Limpio", comenzó a rendir sus frutos con la importante afluencia de vecinos a los CGPC para desprenderse de esos elementos tóxicos en los receptáculos instalados especialmente por la Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de la Ciudad.




Especialistas de la Agencia explicaron que no sólo se trata de acumular las baterías en desuso, sino que se deben acopiar en forma especial, debido a que se trata de residuos peligrosos, posteriormente se deberán acondicionarlas, inertizarlas y finalmente llevarlas al lugar para su tratamiento antes de ser desechadas.

El organismo recuerda que continuará recibiendo pilas y baterías agotadas en todos los Centros de Gestión y Participación Ciudadana, de lunes a viernes de 9 a 16 horas.

La Agencia, responsable de la campaña, dispuso que en cada CGPC se coloquen contenedores diferenciados para recibir pilas comunes (cualquier forma y tamaño), pilas recargables, baterías recargables (notebooks, cámaras de foto, etc.) y pilas botón (relojes, calculadoras, etc.).

Además, como parte de la campaña de protección del medio ambiente, la Agencia dispuso mediante la Resolución Nº 262/08 que todos aquellos productores, importadores, distribuidores, intermediarios y cualquier otra persona responsable de la puesta en el mercado de pilas y baterías recargables, deberán presentar ante el Gobierno porteño un plan de gestión integral de pilas y baterías recargables agotadas.

Antecedentes:

La Ley Nacional Nº 26.184 limita desde el 3 de enero de 2007 el contenido de metales en las pilas y baterías primarias y prohíbe la importación, fabricación y ensamblado de aquéllas con contenidos superiores a 0,0005% de mercurio, 0,015% de cadmio y 0,200% de plomo.

Además prohíbe la importación de las que no contengan su carga eléctrica completa, que su carcasa no evite la lixiviación de los líquidos interiores, o que no figure en el cuerpo de la pila o batería, o en el cartón del envase, la fecha de vencimiento (mes y año).

A partir del 3 de enero de 2010 no podrán comercializarse más estas pilas en ningún comercio de la República Argentina.

La Ley Nacional N° 25.916, de presupuestos mínimos para la gestión integral de residuos domiciliarios, indica que las diversas jurisdicciones deben diseñar programas especiales de gestión para aquellos residuos domiciliarios que por sus características particulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud human o animal, o sobre los recursos ambientales

La Ley 1.854 de Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Ciudad de Buenos Aires dictamina en el Art. 53 que la autoridad de aplicación implementará un cronograma gradual mediante el cual los productores, importadores y distribuidores de elementos o productos de difícil o imposible reciclaje, y aquellos que siendo residuos sólidos urbanos presenten características de toxicidad y nocividad significativas se harán cargo del reciclaje o la disposición final de los mismos.







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